Si queremos autopublicar una novela, debemos conocer los trámites legales para poder hacerlo sabiendo que estamos respaldados por la ley y que no estamos incumpliendo ninguna norma. En la mayoría de editoriales de autopublicación como Bubok, Lulu, Editorial Círculo Rojo y demás se encargan de tramitar este proceso y, así, tú no tienes que preocuparte por nada. El problema es que a menudo cobran por este servicio precios desorbitados cuando lo puedes gestionar tú mismo. Es distinto si, por ejemplo, queremos publicar en Amazon Kindle, ya que ellos te otorgan un ISAN y no sería necesario nada más para su publicación (corregidme si me equivoco).
Pero si prefieres sacarte tú las castañas del fuego, lo que debes hacer es lo siguiente:
1. Registrar el libro en el Registro de Propiedad Intelectual (en esta entrada hablo más del tema).
2. Conseguir un ISBN para tu libro. El ISBN es como si fuese el DNI del libro y es necesario para que pueda comercializarse. Podéis solicitarlo aquí y también en la web hay un tutorial que facilita mucho entender cómo va el proceso, un tutorial muy útil que podéis consultar aquí.
3. Realizar el Depósito Legal. Tiene por objeto recoger ejemplares de las publicaciones de todo tipo reproducidas en cualquier clase de soporte y destinadas por cualquier procedimiento a su distribución o comunicación pública, sea ésta gratuita u onerosa, con la finalidad de cumplir con el deber de preservar el patrimonio bibliográfico, sonoro, visual, audiovisual y digital (palabras textuales de la web de la Comunidad de Madrid) y, como en la misma también se indica, están obligados a solicitar el número de depósito legal los editores de una obra publicada en un formato tangible. Si el editor obligado no lo hubiere solicitado, deberá hacerlo, en su defecto, el productor, impresor, estampador o grabador, en este orden. Debéis informaros de cómo obtenerlo en cada Comunidad, en el caso de la Comunidad de Madrid se puede realizar la gestión en la web que he indicado anteriormente.
4. Solicitar el código EAN, que sería el código de barras que llevaría el libro. En esta web se genera automáticamente.
¡Y ya está! Largo y tedioso, pero seguro que merece la pena 😉
Excelente aporte Nerea, seguro que ha mucha gente novel le será de gran utilidad, muy bueno.
Muchas gracias 🙂 Yo misma encontré muy difícil obtener información de este tipo, así que espero que le sirva a mucha gente 🙂
Muy bien Nerea, con tu ayuda, publicar un libro va a acabar siendo un juego de niños, ja, ja, ja.
Muchas gracias 😉 intento facilitar las cosas.
Me pareció muy interesante la nota y me gustó para compartirla. Los datos son muy buenos. Gracias.
Muchas gracias 🙂
Hola,
La información que ofreces es muy útil para autores que no quieran arruinarse pagando servicios que, como dices, puedes tramitar tú.
Pero habría que apuntar que el ISBN no es obligatorio, aunque puede ser útil obtenerlo si autopublicas y quieres vender en librerías que acepten autoeditados :
«El ISBN NO es obligatorio
El Real Decreto 2063/2008 del Ministerio de Cultura sobre el ISBN, publicado en el BOE número 10, del 12 de enero de 2009, en su “Disposición derogatoria única a)”, deroga la obligatoriedad de consignar el ISBN en las publicaciones, fijada por Decreto 2984/1972. Por tanto, no hay ninguna obligación de solicitar un ISBN para obtener el Depósito Legal ni mucho menos para publicar un libro. »
El Depósito Legal tampoco es obligatorio en el caso de Ebooks o en el de libros en papel bajo demanda (de la misma web que tú indicas):
¿Qué publicaciones están excluidas del depósito legal?
No serán objeto de depósito legal las siguientes publicaciones:
– publicaciones de impresión bajo demanda,
Apunto esos dos casos porque son comunes a muchos autoeditados: en digital, o en papel bajo demanda.
Por eso, yo personalmente no pago ni por ISBN ni por Depósito Legal (aunque este último es gratis y sólo obliga a llevar 5 copias a la Biblioteca Nacional).
El libro queda más bonito con estos detalles incorporados, sí, pero no es necesario en muchos casos.
Es decir, que publicar tiene muchos menos trámites de los que creemos. Eso sí, lo de registrar en la propiedad intelectual (aunque tampoco es obligatorio) sí es muy necesario para cubrirnos las espaldas ante posibles plagios.
Un saludo,
Iván Hernández
Muchísimas gracias por la aclaración, muy útil.
Pues me lo apunto y me lo enlazo a mi blog para no perder esta información de vista, ¡muchas gracias!
De nada 😉
Muchísimas gracias por compartir esta información, Nerea.
Me anima a concretar un sueño sin tanto miedo ni dudas.
Deseo de corazón que tengas éxito en todos tus proyectos, por tu actitud generosa y desinteresada.
Un abrazo!
Muchísimas gracias, Fabiana 🙂
Muchas gracias Nerea par tu ayuda desinteresada, eres genial. Mis mejores deseos para ti
De nada 😉 Me alegra poder ayudar. Gracias por los buenos deseos.
Muy bonita columna, felicidades por tus libros.
Muchas gracias 🙂
Aquí se puede conseguir el ISBN de editorial por 28 euros
http://www.liberlibro.com/isbn